2. La toma de declaración de la persona reclamada se llevará a cabo por la autoridad judicial de emisión que se traslade a España, con la asistencia en su caso de la persona que designe de conformidad con el Derecho del Estado de emisión, debiendo designarse intérprete a fin https://josueqixmm.digiblogbox.com/53875565/the-definitive-guide-to-orden-de-detencion-europea-y-entrega-asistencia-legal