1. Los trabajadores y sus representantes podrán acudir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si consideran que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el empresario no son suficientes para respaldar la seguridad y la salud en el trabajo. b) El Decreto de 26 de julio de https://judahrtzfj.blogacep.com/39492298/una-revisión-de-l