En todo caso, el patrón informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la pago b) del artículo 7 del texto refundido de la Ralea del Estatuto de los Trabajadores aceptado por el Existente Decreto legislativo 1/1995, https://medinaempresarialsst.com/circular-007-de-2022/